La batalla por la anulación de las sentencias antifranquistas.

22/03/2006 12:21

El 1 de abril a las 20:00 contaremos con la presencia del histórico militante libertario Octavio Alberola y el periodista Rafael Cid para hablar de los diversos procesos de recuperación de la memoria anarquista abiertos en los últimos tiempos: caso Delgado y Granado, el militante anarquista Sánchez Ruano o el asesinato de Puig Antich.

La batalla por la anulación de las sentencias franquistas
La anulación de sentencias dictadas durante el franquismo ha tropezado hasta ahora con el escollo insalvable de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo y, hasta el 13 de julio de 2004, del Tribunal Constitucional.

Hasta esa fecha, los dos tribunales habían rechazado todos los Recursos de revisión presentados. Desde el que concernía al dirigente comunista Julián Grimau hasta el último en relación a 74 sentencias de condenas a muerte dictadas por los tribunales durante el franquismo, en Cataluña y Valencia. No ha sido hasta el 13 de julio de 2004 que el Tribunal Constitucional pronunció, con el acuerdo de la mayoría de sus miembros, una sentencia en la que criticaba con dureza las actuaciones seguidas por la Sala V de lo Militar del Tribunal Supremo en relación con el Recurso de revisión que las familias de los anarquistas Francisco Granado y Joaquín Delgado habían presentado en dicho tribunal el 3 de febrero de 1998 contra la sentencia del Consejo de guerra que condenó a ambos a muerte en 1963.

El Tribunal Constitucional le reprochaba haber rechazado de forma “no razonable” pruebas solicitadas por los demandantes del recurso de revisión, vulnerando así su derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa. Así mismo le reprochaba no haber tomado personalmente reclaración a otros testigos propuestos por los demandantes, “negando apriorísticamente toda virtualidad probatoria a lo que es un medio de prueba admisible y de valoración constitucionalmente permitida”. También recuerda esta sentencia del Constitucional que, para acordar la inadmisión no basta con existir suficiente motivación, sino que también ha de considerarse la “interdicción” de las decisiones de inadmisión “que por su rigorismo, por su formalismo excesivo” o por cualquier otra razón evidencien “una clara desproporción entre los fines que aquellas causas preserven y los intereses que sacrifican”.

Poco después de esta histórica sentencia del Tribunal Constitucional, el Gobierno presidido por José Luis Rodríguez Zapatero creó (3 de septiembre de 2004) una Comisión Interministerial para, entre otros objetivos, presentar un proyecto de Ley “para lograr la completa rehabilitación moral y jurídica” de todas “las personas que, por su compromiso con la democracia, fueron objeto de actuaciones represivas desde el inicio de la Guerra Civil hasta la plena restauración de las libertades”.

Esta Comisión no ha presentado hasta ahora este proyecto de Ley, pero el presidente Zapatero ha prometido presentarlo en el Congreso en el curso
del actual semestre. Pues bien, a pesar de que hace unas semanas el Tribunal Supremo denegó los Recursos de revisión presentados por Francisco Sánchez Ruano y la familia de Salvador Puig Antich, este tribunal se ha visto obligado, por la sentencia de 2004 del Tribunal Constitucional, a proseguir la instrucción del Recurso de revisión presentado en 1998 por las familias Granado y Delgado. Y es por ello que Sergio Hernández –uno de los dos autores de los atentados de 1963 por los que fueron condenados y ejecutados Francisco Granado y Joaquín Delgado- ha prestado finalmente declaración este lunes 20 de marzo de 2005, tras haber sido convocado por la Prefectura de París, a petición de las autoridades españolas, en el 36 Quai des Ofévres, cede de la policía judicial francesa.Y es por la misma razón que Octavio Alberola deberá presentarse en Madrid, el próximo lunes 3 de abril ante la Sala V de lo Militar del Tribunal Supremo, para ratificar la declaración que envió en 1998 ha dicho tribunal en relación con el Recurso de revisión presentado por las familias Granado y Delgado.Diez años han sido necesarios para que el Tribunal Supremo se vea obligado a instruir de forma “razonable” un Recurso de revisión de una sentencia franquista y tome en consideración, para autorizar o denegar la revisión, los interese de las víctimas que hasta ahora ha sacrificado.

Es evidente pues que tras la tramitación de los testimonios de Sergio Hernández, y de dos más que faltan (los de Luis Andrés Edo y de Vicente Martí), el Tribunal Supremo tendrá que deducir si hay base suficiente para aprobar la revisión del consejo de guerra de 1963.“Sólo por eso, que ya es importante, la Sentencia de la Sala primera del tribunal Constitucional es una referencia para el lento proceso de recuperación de la memoria histórica de la represión.” (Marc Carrillo, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra).

Un proceso que, pese a haber transcurridos ya más de 30 años de la muerte de Franco, no ha conseguido aún su principal objetivo moral y político:
la anulación de las sentencias franquistas. Pues es una escandalosa vergüenza que la Justicia de la democracia siga validando la Justicia de la Dictadura.

Desde la oposición y en el Parlamento, los socialistas habían reclamado la anulación de todos los juicios sumarios instruidos durante el franquismo, a lo que se opuso el PP. Ahora que gobiernan han prometido una Ley para rehabilitar, moral y jurídicamente, a las víctimas de la represión franquista. Todo parece indicar que estamos cerca de que se tomen decisiones importantes para estas víctimas. La decisión del Tribunal Supremo también lo será.

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