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¿Por qué vincular a José Castán Tobeñas y a Antonio Vallejo-Nágera? ¿Qué relación guarda el derecho y la psiquiatría? En las siguientes páginas no queremos hacer un rastreo biográfico de ambas personalidades tan importantes para el desarrollo y conservación de la dictadura franquista. Este no es el propósito. Por parafrasear la noticia del ABC antes reseñada sobre Azorín, por encima de disensiones, diferencias y partidismos, Castán y Vallejo fueron bienes comunes para la dictadura. Tan comunes que constituyeron el armazón teórico que legitimó la gubernamentalidad franquista. Fueron los dos grandes colaboradores y artífices jurídico y psiquiátrico (es decir, artífices normativos) de la dictadura a la par que modelos de jurista y psiquiatra tanto para la dictadura como para la posterior democracia. Y lo hicieron desde sus condiciones materiales privilegiadas, desde sus importantes puestos durante la Segunda República: antes de la dictadura, Castán ya era Magistrado del Tribunal Supremo y Vallejo profesor-comandante de la Clínica Psiquiátrica Militar ?llegaría a ser el primer catedrático de psiquiatría en la universidad española. Y ambos lucharon contra la República desde esos puestos, incluso convirtiéndose en delatores de sus propios compañeros. El Castán, como se conoció popularmente los varios mamotretos en que consistió su obra Derecho civil español, común y foral, fue el texto básico para generaciones de juristas que se socializaron en su particular concepción del derecho y que ha llegado casi hasta nuestro presente. De igual forma ocurrió con Lecciones de psiquiatría, de Vallejo, el manual de los estudiantes de medicina y su Gabinete de Investigaciones Psicológicas creado en 1938.
Es sobre esto de lo que queremos detenernos aquí: en cómo de forma paralela la doctrina iuscivilista y la doctrina psiquiátrica conformaron, dibujaron, produjeron el armatoste normativo de la persona durante la dictadura. Se trata, en definitiva, de trazar una suerte de teo-antropología jurídica que nos muestre cómo se diseñaron y ejecutaron los dispositivos biopolíticos durante el franquismo.
Además, una teología jurídico-psiquiátrica se pergeñó durante la larga dictadura, capturando la vida tanto en su producción como en su conservación. Y esta teología jurídico-psiquiátrica ha traspasado las fronteras de la llamada transición. Como juristas, hemos padecido la sobrecargada formación en derecho civil. En palabras de un colega del área, Juan-Ramón Capella: ?Se supone que el Derecho Privado es la columna vertebral del aprendizaje y, dentro de éste, en las Facultades de Derecho se dicta un número desmesurado de cursos de Derecho Civil [?]. El predominio del Derecho Civil dentro del Derecho Privado no obedece a ninguna racionalidad teorética o docente, sino solo a una de las servidumbres bastardas características de los mandarinatos funcionariales, en este caso el gran poder del gremio académico de los civilistas?. Antes de desentrañar esta teo-antropología jurídica que postuló la unidad, la limpieza y la renovación, contemplemos el vuelo del monstruo o de cómo se configura un discurso sobre la subjetividad en el que confluyen simbióticamente teología política y biopolítica en el cuerpo jurídico (capítulo I). A continuación, nos adentraremos en cómo se configuró discursiva y normativamente el cuerpo del Nuevo Estado (capítulo II) que producirá una línea de separación entre aquel sujeto normal, entendido como el que cumple con la norma sobre el ser y que conllevará quedar situado en el lado de lo lícito, lo bueno, lo bello, lo sano, lo moral (capítulo III), y aquel otro sujeto patológico en tanto ilícito, malo, feo, insano, inmoral (capítulo IV). Para estar situado en el primero espacio fue preciso guardar rigurosamente una coherencia narrativa ontológica en la que confluyó una concepción antropológica y otra teológica de la persona. He aquí la máquina teo-antropo-legal.